Acompaño en esta ocasión un asunto en el que mi
cliente se adjudica en subasta administrativa el 50% de un piso cuya participación pertenecía a uno de los condueños, llamado Celso.
Con posterioridad mi cliente se vuelve a adjudicar en subasta administrativa otro 8,33% del mismo piso pero en este caso pertenecía a otro copropietario llamado Cesar.
Pasado un tiempo, mi cliente recibe demanda de retracto a instancias de Celso respecto del 8,33%. Nos oponemos porque Celso ya no era titular cuando ejercita el derecho de retracto de condóminos. En la audiencia previa llegamos a un acuerdo en virtud del cual admito la demanda de retracto de Celso sobre el 8,33 y además, le cedemos los derechos del 50% que había perdido en la subasta.
El acuerdo judicial del retracto respecto del 8,33 se formaliza de forma simultánea a la escritura notarial de cesión de derechos que se firma en Madrid ya que son dos cuestiones con partes distintas que no se podían encajar en el propio pleito.
Os dejamos acceso a los siguientes documentos:
Si precisas más detalles sobre el Juicio de Retracto, pulsad aquí.
Espero que esta información y documentación os resulte de interés.
Podéis contactar con nosotros llamando al 680 253 259 y 91 530 96 95
Abogada de Proindivisos
Abogado especialista en disolución de proindivisos, procesos de división de cosa común y subastas judiciales.
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