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Abogado de Proindivisos
José Valero Alarcón

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Abogados Expertos en Extinción de Proindivisos


En la práctica generalidad de los casos, la decisión de iniciar la extinción de un proindiviso, no se adopta hasta pasados varios años desde que se constituyó o desde que comenzaron los problemas entre los condueños, una vez se comprueba que son infructuosos los intentos de adjudicar a alguno de los copropietarios el bien con la correspondiente compensación al resto o, mediante su venta a terceros.

 

Habitualmente nos encontramos con negociaciones estériles en las que no se produce avance alguno por los distintos y contrapuestos intereses de las partes; unos quieren adquirir la totalidad a un precio ventajoso, otros la venta en mercado, hay a quien no le interesa poner fin a la situación porque están sacando provecho del inmueble ...

 

En estas situaciones la vía más efectiva, suele ser iniciar un proceso judicial de división de cosa común, mediante la que en resto de condóminos toma consciencia de que a falta de acuerdo se procederá a subastar el bien, hecho que propicia sean alcanzados numerosos acuerdos durante la sustanciación del procedimiento.

 

 

Para poner en marcha el procedimiento basta con acreditar que se es propietario (Escritura o Información del Registro), justificar el valor catastral del bien (sin que sea necesario realizar una peritación en el momento inicial) y tener a la vista las negociaciones que han mantenido las partes. No es por tanto preciso, en la mayoría de los casos recopilar una cantidad ingente de información y documentación, salvo en asuntos de cierta complejidad (parcelas segregables, división horizontal de edificios ...).

En la actualidad el proceso judicial se ha simplificado, por lo que en meses puede ser obtenida sentencia y, poco tiempo después, una vez sea firme y transcurran otros 20 días hábiles, podrá ser instada la subasta.

 

No dar el paso implica tener que seguir asumiendo los costes y tributos que implica el mantenimiento del bien común, prolongando la situación que pocos o ningún viso de solución tiene.

 

Te aconsejamos que ¡NO PIERDAS UN MINUTO MÁS!, basta con que nos hagas llegar la referencia catastral del inmueble y nos informes de la concreta distribución de las participaciones para ponernos en marcha, obviamente tras explicarte pormenorizadamente el procedimiento y detallarte los costes. Te sorprenderás de los sencillo que es.

 

Puedes contactar con nosotros en el 680 253 259 o si nos indicas tu teléfono te llamaremos lo antes posible. 

 

José Valero Alarcón

Abogado de Proindivisos